Para los que no leéis los comentarios del blog, os traslado un debate que se está manteniendo recientemente en relación a dos campañas de publicidad realizadas con dinero público para las que el Gobierno Vasco no ha sacado concurso público (la campaña del 30 aniversario del Estatuto y la del Departamento de Comercio).
Se ha hablado un poco de cuando y cómo debe sacar un concurso público la administración. Parece que los límites presupuestarios son bastante laxos. Puedo equivocarme pero me suena que pueden asignar presupuestos de hasta 18.000 a dedo. También pueden asignar presupuestos de hasta 60.000 euros si hacen un “concurso limitado”. Es decir, si llaman a 3 o más empresas elegidas a dedo para que presenten oferta.
Al parecer, si troceas las campañas (creatividad, medios y demás) tienes bastante libertad para realizar acciones de comunicación. Supongo que será un tema de interés para todas las agencias de publicidad vascas.
Si alguien tiene algo que añadir a esta conversación (especialmente si alguien puede corregirme con respecto a los límites presupuestarios de los concursos), tenéis los comentarios abiertos.


35 comentarios ↓
Con el caso Gürtel coleando, es muy fácil confirmar esa cifra: 12000€ antes, 18000€ desde una ley de 2007, es el límite para evitar un concurso público, con lo que con saber dividir y un poco de imaginación, ya nos han demostrado los de Orange Market que el límite en la práctica son los escrúpulos de quien lo tiene que firmar.
Hasta 60.000 € puede ser un concurso sin publicidad, es decir por invitación y no tiene que ser publicado en el BOPV, pero claro… hablan que la campaña del estatuto ha costado unos 500.000 €. Eso significaría 8 concursos sin publicidad y por invitación.
Ya, pero es que eso de los 500.000 € es discutible. La creatividad no se ha llevado esa partida de dinero, sino la gestión de medios, que posiblemente ya estuviera contratada a otra empresa o alguna movida de ese estilo.
¿En que basas el coste de la campaña? Lo cierto es que 8 concursos “cerrados” me parece una pasada.
Los medios de comunicación han hablado de que esa campaña había costado unos 500.000 €. Esta información salio a cuenta de ese sorteo para asistir a Ajuria Enea y que tan sólo habían recibido 586 solicitudes para 100 plazas. Por eso salió en los medios
Antes invitaban a dedo, ahora también invitan a dedo. Lo único que cambia es que ahora los que están jodidos son los que antes estaban contentos.
Política publicitaria pero política después de todo.
#6
Al menos hay alguien que mira las cosas con cierta objetividad…
Sí, vale, Isus, estamos de acuerdo pero… ¿esa campaña no es un poco grandecita para repartirsela así? Que no digo que el resultado final no sea el mismo, pero un poco de decoro, ¿no?
corroboro la cifra de 18.000€ + IVA, me lo acaban de confirmar hoy mismo.
Si es de más pasta va a concurso, aunque a el rollo de abierto o cerrado y a cuántos se puede invitar ni idea.
18.000€ mucha pasta??????????
Que antes se hiciera mal, no justifica que también ahora lo hagan mal, no??
Al final los perjudicados somos nosotros, todos. Los que antes hacían los concursos y ahora no, los no llegamos a hacer nunca ninguno y los antes eran perjudicados y ahora son premiados y si cambia el gobierno vuelven a estar castigados
El hecho es que está mal hecho y espero que hagan algo al respecto
SL2
@Isus No, lo de mucha pasta los decía por los 500.000€ que supuestamente ha costado la campaña del estatuto.
18.000 no está mal para según que cosas. ¿Para cuanto dan 18.000 euros de creatividad? Sin planificación, sin medios, etc.
Hombre, Isusko, antes había concursos públicos de publicidad. De hecho, a campañas como la de Comercio o la de la Gripe A (otra que ha ido sin pasar por el BOPV) nos hemos presentado todos varias veces cada año.
Txer :: no digo que sea la mejor opción sólo digo que es lo que hay. La opción es más justa es libertad total y que se chapen las 100.000 propuestas presentadas.
Sergio :: perdón, no sabía a qué cifra te referías. Medio kilo es un pastón. 18.000 sólo por creatividad para una campaña de tele, prensa y exterior lo veo normal.
A8 :: Desconozco la situación y los porqués pero me repito, lo más justo es que todos, sean del importe que sean, fuesen públicos.
Por cierto, mucho te han tenido que pagar Sergio para poner ese banner de ahí arriba diossssssss
Con la que está cayendo y tú luciendo titular de “anuncios gratis”
@Isus: No sé que anuncio es, porque varía por cada entrada. Cosas de Google.
Hasta ahora los anuncios pagaban el hosting. La verdad es que he estado muchas veces planteándome quitarlos del todo y buscar patrocinadores (no sé, 4 o así) para sutuarlos en la parte superior de la barra lateral. Sería más rentable que Google y podría elegir “con quien voy”.
Supongo que es vagancia. No te quejes que por lo menos baneo los anuncios que tienen sonidos estridentes.
Pues eso sí que se agradece, Sergio
Que a ver si se van a dar cuenta en la agencia de que en vez de mirar porno entro en Taller D3 ;-p
Y encima, la calidad. Porque una campaña puede ser mejor o peor….pero la campaña de la gripe me parece que no es ni si quiera valorable.
La del Comercio me parece muy mala aunque aceptaría discutir sobre ella.
La del Estatuto se salva.
Y que me decís del una de la últimas campañas que ha sacado a concurso público el EVE.
Es la campaña del Plan Renove de electrodoméstricos.
Licitación: 70.000 €
Periodo para presentar: 2 semanas (se presentó el 5 de Octubre).
Periodo para decidir: 3 semanas (Han comunicado la resolución en su web el 28 de Octubre)
Y LO MEJOR DE TODO, LA DECISIÓN, SEGUN PONE:”RENUNCIA A LA CELEBRACION DEL CONTRATO”.
No sé cuantas empresas se han presentado, pero lo que sí sé es que han trabajado gratis para el Gobierno……así va este pais.
¿Por qué se salva la del Estatuto? ¿Por el diseño?
Me parece la más vacía de contenido de las tres… La de la gripe a es horrenda, pero te está dando algo: un teléfono. ¿Qué carajo pintan dos niños con un estatuto que cumple 30 añazos? ¿Qué transmiten? ¿Por qué debo pensar que es algo bueno?
En fin. Para gustos, los colores.
La campaña del Estatuto no me gusta, pero me parece que en general está al nivel de otras campañas institucinales, no me parece que destaque ni por buena ni por mala. Igual es porque colocada al lado de las otras dos….
Una little cosita: ¿No llevamos tropecientas campañas instucionales de un nivel bajo-bajísimo?
Creo que casi todos opinamos que Euskadi no goza de una buena cultura de comunicación. Nadie valora el trabajo comunicativo. No se ve como un bien. Las instituciones lo entienden como algo que “hay que hacer” pero si “es por 2 mejor que por 3″ y “sí lo hará éste y qué?”. No se valora hacer las cosas bien. crear una línea. Lo que vale un buen posicionamiento, una buena idea. Lo que vale producirla bien. Ni quién es el mejor para desarrollarla… Lo peor: la indolencia. Cada uno con su guerra. Aceptando cualquier cosa. Quejándonos al viento. Aguantando los días y para adelante o…¿para atrás?
Se lleva mucho lo de escupir al viento… y claro.
La verdad es que al final en todos los ámbitos de la administración cuecen habas. A veces a gusto de unos y a veces a gusto de otros.
Una de las cosas que más me jode es que te “caiga una campaña del cielo” y hagas algo de cinquillo, “al nivel de otras campañas institucionales”. Así, a ver si pasa desapercibida y nadie se entera de quién la ha hecho.
Deberíamos esforzarnos porque el foco ilumine en cada ocasión a los autores:”esta campaña pública la ha hecho fulanito y es una mierda (o no)”.
Ya que las cosas funcionan como funcionan, al menos que la agencia en cuestión tenga motivos para hacer lo mejor que sea capaz. Quizá si fueran buenas, no nos quejaríamos de que estuvieran dadas. A mí me da que lo que más jode es la sensación de “yo podía haberlo hecho mejor”.
O quizá lo que más jode es la sensación de “mi sobrino de 5 años con unas acuarelas lo podría haber hecho mejor.”
Depende de las acuarelas…..
te sigo.
Que conste que no estoy diciendo que todo el que “recibe” campañas sea un inútil. Mas bien lo que digo es que el entorno en el que eso sucede no es el mas propicio para que la agencia (cualquiera) se esfuerce por hacer una buena campaña.
Sí. Y luego hay que tener en cuenta que, seguramente, muchas campañas tenía una idea central mucho más fuerte y llegó el político o el funcionario de turno a decir: el logo más grande; que mi sobrino sea el de la foto; o que aparezca en Skyline de Bilbao para que se note es de aquí……
Cierto. Me olvidaba del “cada cliente tiene la publicidad que se merece.”
El cliente somos nosotros. Se nos olvida que quien paga somos los ciudadanos. No creo que nos merezcamos este nivel de campañas institucionales. Si nos las merecemos es porque no hacemos nada y ya va siendo hora de hacer algo. Los presupuestos son demasiado “limitados” y los concursos “extraños”. Y lo peor: no hay criterio. Además como apenas hay publicidad privada reina el “pilla lo que puedas”. Nada de corporativismo. Sino al contrario. Esta dinámica sólo nos lleva a aceptar claúsulas cada vez más míseras y sin duda autodestructivas…
De acuerdo con James. Como muestra un botón:
El Departamento de Madrazo convocó antes de las elecciones un concurso público para su stand en la feria Nagusi. Debía incluir el alquiler de 150 m2 de BEC!, diseño y montaje del stand, atención, actividades y merchandising, y la licitación era de 100.000 euros.
Mientras tanto, se celebran las elecciones y el nuevo gobierno decide retirar la licitación el mismo día de la entrega, con el consiguiente enfado de las 50 agencias (50!) que se presentan y se enteran allí mismo.
No obstante, el nuevo gobierno recapacita (si ellos no van la feria ésta no se celebra) y vuelve a sacar el mismo concurso, invitando a los 50 que se habían presentado la primera vez, lo que me parece bastante correcto por su parte.
Los requerimientos no varían: los mismos metros de suelo del BEC, los mismos seguros, stand, actividades, personal, merchandising, pero el presupuesto ¡ahí va!, SE REDUCE EN UN 30%.
Teniendo en cuenta que el precio del suelo y el seguro es invariable, LA REDUCCIÓN DE PRECIO SUPERA EL 50%.
No es que ese planteamiento de precio sea malo. Lo malo es que HAY AGENCIAS DISPUESTAS A HACER LO MISMO POR UN 50% MENOS.
Y ese es el problema. Nosotros no nos presentamos, pero muchas de esas 50 sí, supongo que por recuperar parte del trabajo perdido, pero no puede ser que nos conformemos con una rebaja de la mitad, porque una de dos, o la primera vez estábamos estafando o la segunda vez no vamos a alcanzar la calidad requerida (o vamos a palmar pasta).
Total, que una vez más, nadie gana, sólo nos perjudicamos a nosotros mismos.
Total, el stand se lo darían a los de siempre……
Mira! Hoy ha salido en el BOPV la ADJUDICACIÓN de los medios de la campaña de comercio (300.000 euros).
Con respecto al procedimiento dice lo siguiente:
“d) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: no se publica.
3.– Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: ordinaria.
b) Procedimiento: negociado sin publicidad.
c) Forma.”
El “negociado sin publicidad” está muy de moda. El Ayuntamiento de Barakaldo acaba de asignar una obra de 280.000 euros por esa vía.
He estado leyendo esto: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l30-2007.l3t1.html
Los procedimientos negociados sin publicidad se pueden utilizar si:
“Artículo 154. Supuestos generales.
En los términos que se establecen para cada tipo de contrato en los artículos siguientes, los contratos que celebren las Administraciones Públicas podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado en los siguientes casos:
1.Cuando las proposiciones u ofertas económicas en los procedimientos abiertos, restringidos o de diálogo competitivo seguidos previamente sean irregulares o inaceptables por haberse presentado por empresarios carentes de aptitud, por incumplimiento en las ofertas de las obligaciones legales relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente y condiciones de trabajo a que se refiere el artículo 103, por infringir las condiciones para la presentación de variantes o mejoras, o por incluir valores anormales o desproporcionados, siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato.
2.En casos excepcionales, cuando se trate de contratos en los que, por razón de sus características o de los riesgos que entrañen, no pueda determinarse previamente el precio global.
3.Cuando, tras haberse seguido un procedimiento abierto o restringido, no se haya presentado ninguna oferta o candidatura, o las ofertas no sean adecuadas, siempre que las condiciones iniciales del contrato no se modifiquen sustancialmente. Tratándose de contratos sujetos a regulación armonizada, se remitirá un informe a la Comisión de las Comunidades Europeas, si ésta así lo solicita.
4.Cuando, por razones técnicas o artísticas o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva el contrato sólo pueda encomendarse a un empresario determinado.
5.Cuando una imperiosa urgencia, resultante de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación y no imputables al mismo, demande una pronta ejecución del contrato que no pueda lograrse mediante la aplicación de la tramitación de urgencia regulada en el artículo 96.
6.Cuando el contrato haya sido declarado secreto o reservado, o cuando su ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya declarado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d.
7. Cuando se trate de contratos incluidos en el ámbito del artículo 296 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.”
Con los contratos de servicios se aplica también lo siguiente:
“Artículo 158. Contratos de servicios.
Además de en los casos previstos en el artículo 154, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:
1. Cuando debido a las características de la prestación, especialmente en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual y en los comprendidos en la categoría 6 del Anexo II, no sea posible establecer sus condiciones con la precisión necesaria para adjudicarlo por procedimiento abierto o restringido.
2. Cuando se trate de servicios complementarios que no figuren en el proyecto ni en el contrato pero que debido a una circunstancia imprevista pasen a ser necesarios para ejecutar el servicio tal y como estaba descrito en el proyecto o en el contrato sin modificarlo, y cuya ejecución se confíe al empresario al que se adjudicó el contrato principal de acuerdo con los precios que rijan para éste o que, en su caso, se fijen contradictoriamente, siempre que los servicios no puedan separarse técnica o económicamente del contrato primitivo sin causar grandes inconvenientes a la Administración o que, aunque resulten separables, sean estrictamente necesarios para su perfeccionamiento y que el importe acumulado de los servicios complementarios no supere el 50 % del precio primitivo del contrato. Los demás servicios complementarios que no reúnan los requisitos señalados habrán de ser objeto de contratación independiente.
3.Cuando los servicios consistan en la repetición de otros similares adjudicados por procedimiento abierto o restringido al mismo contratista por el órgano de contratación, siempre que se ajusten a un proyecto base que haya sido objeto del contrato inicial adjudicado por dichos procedimientos, que la posibilidad de hacer uso de este procedimiento esté indicada en el anuncio de licitación del contrato inicial y que el importe de los nuevas servicios se haya computado al fijar la cuantía total del contrato. Únicamente se podrá recurrir a este procedimiento durante un período de tres años, a partir de la formalización del contrato inicial.
4.cuando el contrato en cuestión sea la consecuencia de un concurso y, con arreglo a las normas aplicables, deba adjudicarse al ganador. En caso de que existan varios ganadores se deberá invitar a todos ellos a participar en las negociaciones.
5.En todo caso, cuando su valor estimado sea inferior a 100.000 euros.”
No entiendo lo de los 300.000 euros. En una obra pública el límite es un millón de euros, creo, pero… ¿en un servicio no debería ser 100.000?
Pues no sé, pero por lo que puedo entender, a mí me da la impresión de que no se le puede aplicar ninguno de los casos anteriores ¿no? (aparte de que, efectivamente, rebasa los 100.000 euros de límite)
[...] tema ha seguido bastante calentito con respecto a los concursos públicos en los comentarios y quería aprovechar este artículo para recapitular algunas ideas. Por cierto, que hace no mucho [...]
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